En este padrón puede consultar si está habilitado para votar en las elecciones del BPS. Quienes no estén en el padrón, pero entiendan que deben estar, tendrán plazo hasta el 14/09/2026 para hacer el reclamo en el sitio web de la Corte Electoral.
A partir del 22/09/2026 estará disponible el Plan circuital, donde podrá consultar dónde vota.
Están habilitados a votar quienes al 28/02/2026 cumplan con los requisitos específicos para cada orden. En caso de no cumplirlos a esta fecha, se verificará cuál era su situación al 31/7/2025.
Los jubilados y pensionistas que al 28/2/2026 no cumplían con los requisitos habilitantes para este orden pero sí para el de Trabajadores, votarán por este último orden. Asímismo, los trabajadores que al 28/2/2026 no cumplían con los requisitos habilitantes para este orden pero sí para el de Jubilados y pensionistas, votarán por este último orden.
No están obligados a votar las personas mayores de 75 años y titulares de prestaciones por incapacidad, de cualquier edad.
Estas excepciones no se aplican a las personas designadas como mandatarios para representar a empresas.
Más información disponible aquí.