Requisitos de ingreso al CURE

Cliqueando en cada categoría se desplegará el detalle de requisitos para cada una de ellas. 

Requisitos de ingreso al CURE, documentación necesaria:

  • Cédula de Identidad (vigente y en buen estado)
  • Una Foto carné.
  • Control de salud vigente (habilitado por el MSP – Decreto 274/017 y las disposiciones aún vigentes del Decreto 651/990 y sus modificativos) o Carné de Salud Adolescente (Decreto 267/017).
  • Certificado de Estudio (Solicitado en la Institución de la cual egresó):
    • Secundaria: Fórmula 69A dirigida a la Udelar.
    • UTU: Certificado de egreso de bachillerato UTU dirigido a la Udelar.
    • Otras Facultades de la Udelar: Escolaridad de cualquier Facultad donde conste cursos aprobados.
    • Egresados de la Udelar o Instituciones Terciarias Públicas: Titulo de la Universidad de la República, IPA, INET, Magisterio (original y fotocopia ambos lados).
  • Cédula de Identidad (vigente y en buen estado).
  • Una Foto carné.
  • Control de salud vigente (habilitado por el MSP – Decreto 274/017 y las disposiciones aún vigentes del Decreto 651/990 y sus modificativos) o Carné de Salud Adolescente (Decreto 267/017).
  • Certificado de Estudio:
    • Secundaria: Fórmula 69B (con previas hasta el 28 de febrero y a partir del primero de marzo con una sola previa que se deberá aprobar antes del 30 de abril del presente año).
    • UTU: Certificado de egreso de bachillerato UTU (detallando previas).

Existen dos modalidades de ingreso a las carreras de grado en el CURE:

1. Ingreso al primer año de estudiantes que hayan culminado sus estudios secundarios en el exterior: pueden solicitar el ingreso a la Udelar en el primer año.

2. Ingreso por reválida de estudios universitarios realizados en el exterior. Aquellos estudiantes que realizaron estudios universitarios en el extranjero pueden ingresar solicitando la reválida de dichos cursos y continuando de este modo su formación en la Udelar.

1. Ingreso por culminación de estudios secundarios realizados en el exterior:

Se deberá presentar al momento de la inscripción:

  • Cédula de Identidad (vigente y en buen estado) original y fotocopia (ambos lados en una cara) o pasaporte.

  • Una Foto carné.

  • Carné de salud vigente (habilitado por el MSP – Dto.651/990) original y fotocopia (ambos lados en una cara).

  • Certificado de Estudio.

  • Reválida de Secundaria definitiva tramitada en el Consejo de Educación Secundaria (CES) (original y copia de ambos lados), https://www.ces.edu.uy/index.php/legalizacion-de-estudios

    o constancia de reválida en trámite emitida por el CES, o

    o documentos apostillados/legalizados que acrediten culminación de estudios preuniversitarios/nivel de enseñanza media expedido por la autoridad competente del país (original y copia).

Según resolución del Consejo Directivo Central, en sesión del 21 de diciembre de 2021 «Se habilita a que las personas que hayan culminado sus estudios secundarios en el extranjero ingresen a primer año de cualquier carrera de grado de la Universidad de la República sin la obligación de revalidar previamente sus estudios secundarios ante la Administración Nacional de Educación Pública.

A partir de la entrada en vigencia de los cambios introducidos en la Ordenanza, los Consejos de las Facultades y los Consejos de los Centros Regionales Universitarios serán competentes para evaluar si los estudios preuniversitarios cursados en el extranjero son suficientes para el ingreso, pudiendo solicitar los asesoramientos que estimen conveniente, debiendo expedirse en un plazo máximo de 40 días hábiles.

Ver Ordenanza sobre ingreso a la Universidad de la República de personas que hayan cursado estudios preuniversitarios en el extranjero

Otras situaciones: Está delegada en los Consejos de Facultad, en los Consejos de los Centros Regionales Universitarios y en el Consejo Delegado Académico, la atribución de aceptar excepcionalmente documentación supletoria para los casos en los cuales exista imposibilidad o grave dificultad para obtener la legalización o apostilla de la documentación».

Por otras situaciones consultar a la Unidad de Apoyo a la Enseñanza (uae@cure.edu.uy).

Más información: https://udelar.edu.uy/portal/migrantes

2. Ingreso por reválida de estudios universitarios realizado en el exterior En caso de que el solicitante hubiera realizado estudios universitarios en el extranjero, tiene la posibilidad de solicitar la reválida de los estudios para luego continuar su formación en la carrera correspondiente.

Se deberá presentar al momento de la solicitud:

  • Cédula de Identidad (vigente y en buen estado) original y fotocopia (ambos lados en una cara) o pasaporte.

  • Una Foto carné.

  • Carné de salud vigente (habilitado por el MSP – Dto.651/990) original y fotocopia (ambos lados en una cara).

  • Certificado de Estudios:

    a) Certificado de calificaciones correspondiente a los estudios efectivamente cursados, legalizado o apostillado

    b) Copia autenticada por la institución de origen, del plan de estudios y los programas de las asignaturas efectivamente cursadas

    c) en caso de que los estudios a revalidar hayan sido cursados en una institución privada, deberá presentarse documentación legalizada o apostillada que acredite que ha sido autorizada a impartirlos por la autoridad competente del país donde se realizaron.

    Si los documentos referidos en los literales a) y c) se presentan en idioma diferente al castellano, se debe agregar su traducción efectuada por traductor nacional matriculado, siendo también admisible la traducción consular.

La reválida tendrá por efecto el ingreso del estudiante sin necesidad de acreditar la culminación del ciclo de enseñanza secundaria y que se asignen créditos en la formación de grado o posgrado que el solicitante desee culminar dentro de la Universidad. Art. 2 de la Ordenanza de revalidación de estudios parciales cursados en el extranjero.

Procedencia de la Documentación

Podrán tenerse en cuenta para su reválida aquellos estudios parciales cursados en instituciones extranjeras de reconocida calidad de enseñanza, siempre y cuando sean pertinentes para la carrera que se pretende continuar y hayan sido supervisados y evaluados mediante mecanismos adecuados en la institución donde fueron efectivamente cursados, Art.3 de la Ordenanza.

Ambos trámites se inician en forma presencial en la Bedelía del CURE.

Por consultas: gestiondetramites@cure.edu.uy